Calculadora Ley General de Discapacidad

Obtén el cálculo correspondiente para conocer el número de empleados con discapacidad en inserción directa de personal a través de un Centro Especial de Empleo (CEE) o las donaciones destinadas a la inclusión laboral.

*Resultados basados en datos IPREM 2023 — 12 Pagas Datos actualizados: 2026-05
¿Estás obligado?

Según el artículo 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013, toda empresa con 50 o más trabajadores debe reservar al menos el 2 % de su plantilla para personas con discapacidad. Introduce tu plantilla para calcular tu obligación exacta.

Cuántas personas trabajan contigo
Obligatorio
Opcional · mejora la precisión del cálculo

Resultado del cálculo LGD

*Criterios estatales del SEPE; cada comunidad autónoma puede tener sus propias características de evaluación.

Cumplimiento LGD
Nº personas con discapacidad requeridas
Cuota 2 % · Art. 42 RDL 1/2013
Importe por donaciones / patrocinios
1,5 × IPREM · RD 364/2005
Importe por contratación CEE
3 × IPREM · RD 364/2005

*El importe por patrocinio y el importe por contratación CEE no son servicios excluyentes. Puedes contratar estos servicios por separado o puedes contratar ambos, si esta opción se adapta mejor a las necesidades de tu empresa.

Guía completa LGD

Todo lo que necesitas saber sobre la Ley General de Discapacidad

Información legal, obligaciones para empresas, beneficios fiscales, razones para cumplirla y preguntas frecuentes para que tu empresa tome decisiones informadas.

Preguntas frecuentes sobre la LGD

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Nuestro equipo de especialistas en cumplimiento normativo te acompaña en todo el proceso, desde el cálculo hasta la obtención del certificado acreditativo.

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